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INFORMES DE ACTUACIONES
      Temas relevantes                                                                          29/06/2005

Compatibilidad Electromagnética en Centros Hospitalarios

BUENOS AIRES, 29 de junio de 2005

VISTO la Actuación D.P. N° 947/04, caratulada: “DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, sobre compatibilidad electromagnética en centros hospitalarios”, y

CONSIDERANDO: lo expuesto en el INFORME ESPECIAL SOBRE LOS RIESGOS DERIVADOS DE LA INTERFERENCIA ELECTROMAGNETICA EN CENTROS DE SALUD, producido como consecuencia de la investigación llevada a cabo en las actuaciones mencionadas, que se agrega a la presente  como ANEXO I;

Que la presente se dicta en los términos del artículo 28 de la ley 24.284;


Por ello:

EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION
RESUELVE:


ARTICULO 1°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR PRESIDENTE  DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION la presente Resolución, a los fines de que por su intermedio, las comisiones con incumbencia en la materia examinada, sean debidamente comunicadas.
ARTICULO 2°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION la presente Resolución, a los fines de que por su intermedio, las comisiones con incumbencia en la materia examinada, sean debidamente comunicadas.
ARTICULO 3°: PONER EN CONOCIMIENTO de la COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO la presente Resolución.
ARTICULO 4°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR MINISTRO DE SALUD Y AMBIENTE la presente resolución.
ARTICULO 5°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA de la provincia de TUCUMAN la presente resolución.
ARTICULO 6°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR MINISTRO DE SALUD  de la provincia de CORDOBA la presente resolución.
ARTICULO 7°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR MINISTRO DE SALUD de la provincia de SANTA FE la presente resolución.
ARTICULO 8°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Y SALUD de la provincia de MENDOZA la presente resolución.
ARTICULO 9°: GIRAR la presente Resolución a la PRESIDENCIA de la LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 10°: PONER EN CONOCIMIENTO del SEÑOR SECRETARIO DE SALUD de la CIUDAD DE BUENOS AIRES la presente resolución.
ARTICULO 10°: GIRAR la presente Resolución al CONSEJO FEDERAL DE SALUD.
ARTICULO 11°: Regístrese, notifíquese y resérvese.

RESOLUCION D.P. N° 43/05

Informe especial sobre Compatibilidad Electromagnética en Centros Hospitalarios



 
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